santander
Supervisores de la construcción de puentes La Judía y el Hisgaura, bajo la lupa de la procuraduría.

Según la Procuraduría, ninguno de los dos supervisores informó que el método constructivo utilizado por el ejecutor no era el idóneo, lo que se reflejó en deficiencias en calidad, técnica, estabilidad y durabilidad del Puente Hisgaura, vía Bucaramanga- Málaga jurisdicción del municipio de San Andrés.
La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al exdirector territorial en Santander del Instituto Nacional de Vías (#Invías), Cesar Augusto Moreno Prada, y al exsubdirector de gestión del riesgo, Hugo Hernán Herrera González, por posibles omisiones, retrasos y fallas en la supervisión técnica del proyecto 459, que tenía por objeto “recuperar la carretera Málaga – Los Curos”, en Santander.

La Delegada para la Economía y Hacienda estableció que se definió una obligación de supervisión tras la suscripción de dos convenios interadministrativos celebrados entre el Fondo Adaptación y el Invías, el cual incluyó la obra que preveía la construcción de los puentes vehiculares para sitios estratégicos como La Judía, el Sector Crítico 43 y el Hisgaura, suscrito posteriormente por el Fondo Adaptación y Sacyr Construcciones Sucursal Colombia.
El Ente de control formuló un primer cargo a Moreno Prada, quien habría omitido la obligación de advertencia técnica al interventor contratado por el Fondo respecto a la adopción de las normas técnicas aplicables al contrato de obra 283 de 2013, lo que produjo retrasos y sobrecostos.
De igual manera, la Procuraduría le formuló un segundo cargo por posiblemente dejar de informar que el método constructivo utilizado por el ejecutor no era el idóneo, lo que se reflejó en deficiencias en calidad, técnica, estabilidad y durabilidad del Puente Hisgaura, contrario a lo planificado en los estudios y diseños, situación que tampoco habría advertido Herrera González en su función de supervisión técnica de los convenios interadministrativos señalados, por lo que fue incluido en el expediente.

El Ministerio Público sostuvo que presuntamente ambos incurrieron en una ilicitud sustancial al alejarse del cumplimiento de sus compromisos e infringido las disposiciones legales a las que estaban obligados, con lo que pudieron desconocer los principios de moralidad, eficacia y economía.
De manera provisional, la Entidad calificó las presuntas faltas de Moreno y Herrera como graves a título de culpa grave.
Fuente: Procuraduría
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